La respuesta favorable a un pedido de Información previa, tiene los siguientes efectos:
- Vincula a las entidades que han dado su parecer al respectivo pedido de Información, en el siguiente paso de solicitud de licencia o en el control sucesivo de operaciones sujetas a comunicación previa, siempre que esta licencia y esta comunicación sean presentadas en el plazo de 1 año desde la notificación de la respuesta favorable al Pedido de Información.
Transcurrido el plazo de 1 año, podrá ser necesario nueva declaración que se mantendrá en principio en el mismo supuesto que motivó la declaración favorable inicial.
- No será necesario la consulta a otras entidades externas, siempre que la solicitud de licencia o Comunicación Previa se realice en los mismos términos que el pedido de Información.
- Las procedimientos de solicitudes de Licencia o de Comunicaciones Previas no pueden ser suspendidos por motivos como propuestas o modificaciones en instrumentos de Planeamiento, sean municipales, intermunicipales o de ordenación del territorio, si se han presentado en base a una Información Previa favorable.
Quién puede realizar un pedido de Información previa:
- Cualquier interesado puede realizarlo, pero si ese interesado no es el propietario del Inmueble, el Pedido de Información previa debe incluir la identificación del Propietario, así como de los titulares de cualquier otro derecho real sobre el inmueble, debiendo la Cámara Municipal informarles también de la apertura del proceso.
Donde se puede realizar un pedido de Información previa:
- En las respectivas Cámaras Municipales, Ayuntamientos.
Este proceso tiene coste, conlleva el pago de tasas, según el Reglamento Municipal de Tasas relacionadas con la Actividad Urbanística y Operaciones Conexas en vigor.
El pedido se tramita en la Cámara Municipal correspondiente según la ubicación de la operación urbanística a realizar.
Plazos:
De acuerdo con la Normativa en vigor, Régimen Jurídico de Urbanización y de Edificación (n. º1 del artículo 16º), la deliberación sobre un Pedido de Información Previa es efectuada en un plazo de 30 días útiles. En los casos en que es necesaria la consulta a entidades externas, el plazo aumentará en un máximo de 20 días útiles.